www.inspain.orgDurante su estancia en España, tiene derecho a recibir servicios turÃsticos acordes a la calidad y caracterÃsticas anunciadas por las empresas que los ofertan. De no ser asÃ, tiene derecho a formular una queja o reclamación.
La legislación vigente obliga a los establecimientos a tener a disposición del cliente las conocidas como hojas de reclamaciones, que deben ser anunciadas en un cartel visible al público. Dichas quejas han de ser presentadas en el mismo establecimiento turÃstico, o bien en las oficinas de información turÃstica y registros de la Administración Pública, ya sea Local, Autonómica o del Estado.
Si decide realizar una reclamación en el establecimiento implicado. Sepa que los establecimientos turÃsticos y hosteleros están obligados a tener y facilitarle este formulario para realizar su reclamación. Si el establecimiento se negara deberá contactar con la policÃa local para que sea ésta quien solicite el formulario o haga constar que el establecimiento carece de hojas de reclamaciones.
En caso de demostrarse la veracidad de la reclamación, la Administración impondrá una sanción al establecimiento o empresa de servicios turÃsticos que ha sido objeto de la reclamación.